Preguntas frecuentes
Las dudas que más nos llegan, agrupadas. Arriba las generales sobre cómo trabajamos y debajo las de cada trámite.
Generales
¿Tengo que ir a alguna oficina?
No. Todos nuestros trámites se hacen a distancia: nos envías la documentación desde el móvil y nosotros nos encargamos del resto. No hace falta pedir cita ni desplazarse.
¿Cómo os envío la documentación?
En la mayoría de los casos basta con una foto hecha con el móvil, no necesitas escáner. Lo único importante es que se lea bien: que salga el documento entero, sin dedos por medio y sin reflejos.
¿Qué pasa si me falta un documento?
Dínoslo y te decimos cómo conseguirlo. Antes de presentar nada revisamos que el expediente esté completo, así que si detectamos que falta algo o que no se lee bien, te lo pedimos de nuevo antes de seguir.
¿Los precios que aparecen en la web son definitivos?
Los precios mostrados son orientativos y no incluyen los impuestos de titularidad ni otros conceptos variables que dependen de cada vehículo. Antes de empezar te confirmamos el importe exacto de tu caso.
¿Trabajáis en toda España?
Sí. Al ser una gestión online no dependemos de la provincia en la que estés ni de dónde esté matriculado el vehículo.
¿Qué pasa si surge un problema durante el trámite?
Te avisamos y te explicamos qué opciones hay. Si aparece una carga sobre el vehículo, un dato que no cuadra o un requerimiento de la administración, no seguimos adelante sin decírtelo antes.
Transferencia
Ver el trámite¿Cuánto tarda una transferencia?
Si la documentación está completa, presentamos el trámite en 24-48 horas laborables. El mismo día de la presentación recibes el permiso de circulación provisional, que ya te permite circular con el vehículo a tu nombre.
¿Quién paga la transferencia, el comprador o el vendedor?
Por norma general la paga el comprador, que es quien asume las tasas de la DGT y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. En cualquier caso es un acuerdo entre las partes y puede pactarse de otra forma en el contrato.
¿Puedo transferir un vehículo con la ITV caducada?
No. La DGT exige que la ITV esté en vigor para inscribir el cambio de titularidad. Si está caducada, hay que pasarla antes de tramitar la transferencia.
¿Y si el vehículo tiene una reserva de dominio o un embargo?
No se puede transferir mientras exista la carga. Primero hay que levantar la reserva de dominio o cancelar el embargo. Es un trámite que también gestionamos nosotros.
¿Puedo circular con el coche antes de que llegue el permiso definitivo?
Sí. El permiso de circulación provisional que te entregamos el mismo día tiene plena validez legal hasta que la DGT te envíe el definitivo por correo.
Notificación de venta
Ver el trámite¿En qué se diferencia de la transferencia?
La notificación de venta la presenta el vendedor y solo comunica a la DGT que ya no es el usuario del vehículo. La transferencia la presenta el comprador y es la que cambia realmente la titularidad. Son trámites distintos y complementarios.
¿Cuánto tiempo tengo para notificar la venta?
Dispones de 10 días naturales desde la fecha del contrato de compraventa. Presentarla fuera de plazo puede acarrear sanción.
Si notifico la venta, ¿dejo de pagar el impuesto de circulación?
El impuesto de circulación lo paga quien figure como titular a 1 de enero de cada año. La notificación de venta acredita ante el ayuntamiento la fecha en que dejaste de tener el vehículo, pero el cambio efectivo se produce con la transferencia.
¿Qué pasa si el comprador nunca hace la transferencia?
Con la notificación de venta presentada quedas exonerado de las multas y de la responsabilidad derivada del uso del vehículo desde la fecha de la venta. El vehículo queda marcado en la DGT como pendiente de transferencia a nombre del comprador.
Informe de DGT
Ver el trámite¿Qué información incluye el informe?
Número de titulares anteriores, cargas y limitaciones de disposición, embargos, precintos, situación de la ITV, fecha de matriculación, historial de kilometraje registrado en las inspecciones y posibles bajas anteriores.
¿Sirve para saber si el coche tiene deudas?
El informe refleja las cargas que constan en el Registro de Vehículos de la DGT, como reservas de dominio y embargos. No incluye deudas privadas que no se hayan inscrito, como multas pendientes de notificar.
¿Puedo pedir el informe de un coche que no es mío?
Sí. El informe de vehículo es público en cuanto a los datos técnicos y de cargas, precisamente para poder comprobar un vehículo antes de comprarlo. Los datos personales del titular no se facilitan.
¿Cuánto tarda?
Lo normal es que lo tengas en tu correo el mismo día que nos lo pides, dentro del horario de atención.
Matriculación
Ver el trámite¿Cuánto cuesta matricular un coche nuevo?
Además de nuestros honorarios y de la tasa de la DGT, hay que contar con el Impuesto de Matriculación, que se calcula según las emisiones de CO₂ y puede ir del 0 % al 14,75 % del valor del vehículo. Muchos coches de bajas emisiones quedan exentos. Te damos el cálculo cerrado antes de empezar.
¿Y si el vehículo viene del extranjero?
Entonces el trámite es una importación, no una matriculación ordinaria, porque hay que gestionar además la homologación, la ficha técnica española y la ITV. Lo tramitamos también, con su propia tarifa.
¿Cuánto tarda una matriculación?
Un vehículo nuevo comprado en España se matricula en 24-48 horas laborables desde que tenemos la documentación completa.
¿Puedo circular mientras se matricula?
Con un vehículo pendiente de matriculación no se puede circular con normalidad. Para traslados puntuales existen los permisos temporales de circulación, las llamadas placas rojas o verdes, que también tramitamos.
Entrega a compraventa
Ver el trámite¿En qué se diferencia de una notificación de venta?
La notificación de venta se usa cuando has vendido el coche a un comprador que lo va a poner a su nombre. La entrega a compraventa se usa cuando dejas el vehículo en un profesional para que lo venda él: no hay comprador todavía, así que el coche no se transfiere a nadie, sino que pasa a baja temporal con el compraventa como depositario.
¿El compraventa pasa a ser el propietario del vehículo?
No. Queda inscrito como depositario, no como titular. Por eso el compraventa no paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por tenerlo en stock, y por eso el vehículo figura en baja temporal mientras espera comprador.
¿Dejo de responder de las multas desde ese momento?
Sí. Una vez inscrita la entrega, las sanciones y las responsabilidades derivadas del vehículo dejan de dirigirse a ti. Es el mismo efecto liberatorio que tiene la notificación de venta.
¿Cuánto tiempo puede estar el coche así?
Un año. Si transcurrido ese plazo el compraventa no ha vendido el vehículo, tiene que solicitar el cambio de titularidad y ponerlo a su nombre.
¿Puedo circular con el coche mientras está en baja temporal?
No. Un vehículo en baja temporal no puede circular. Está precisamente parado a la espera de que el compraventa le encuentre comprador.
Finalización de entrega
Ver el trámite¿Qué es exactamente la finalización de una entrega a compraventa?
Es el trámite que cierra la baja temporal: el vehículo estaba en depósito a nombre del compraventa y, cuando aparece comprador, se transfiere directamente del titular original al comprador final. El compraventa no llega a figurar nunca como propietario.
¿Por qué cuesta más que la entrega a compraventa?
Porque aquí se paga la tasa de transmisión de la DGT, que es de 55,70 €, mientras que la entrega solo lleva la tasa de baja temporal de 8,67 €. Nuestros honorarios son prácticamente los mismos en los dos trámites.
¿Hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
Sí, lo paga el comprador final, igual que en cualquier cambio de titularidad. El importe depende de la comunidad autónoma y del valor fiscal del vehículo, y nosotros nos encargamos de liquidarlo.
¿Y si ya ha pasado el año de la baja temporal?
Entonces el compraventa tenía que haber puesto el vehículo a su nombre. Si ese plazo se ha agotado, revisamos el expediente y te decimos cómo regularizarlo antes de vender.
¿Necesito la ITV en vigor?
Sí. Como en cualquier transferencia, la DGT exige que la inspección técnica esté vigente para inscribir el cambio de titularidad.
Notificación a compraventa
Ver el trámite¿Qué significa BATECO?
Es como se conoce en el sector la comunicación de entrada de un vehículo en un establecimiento de compraventa. Deja constancia ante la DGT de que el profesional ha intervenido en la operación, sin que el vehículo pase a figurar a su nombre.
¿En qué se diferencia de la entrega a compraventa?
Son las dos caras del mismo movimiento: la entrega a compraventa la presenta quien deja el coche, y es la que le libera de responsabilidad; la notificación a compraventa la presenta el profesional que lo recibe, y es la que deja registrada la entrada en su stock. El precio es el mismo en los dos casos.
¿Tengo que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
No. El vehículo no se pone a nombre del compraventa, así que no hay transmisión que gravar mientras esté en stock a la espera de comprador. El ITP lo pagará el comprador final cuando se cierre la operación.
¿Cuánto tiempo puedo tener el vehículo así?
Un año desde la entrada. Pasado ese plazo, si el vehículo no se ha vendido, hay que solicitar el cambio de titularidad y ponerlo a nombre del establecimiento.
¿Sirve si ya tengo comprador?
Sí, y de hecho es lo habitual cuando el coche entra y sale sin llegar a quedarse en stock. En ese caso encadenamos la notificación con la transferencia al comprador final en el mismo expediente.
Importación
Ver el trámite¿Cuánto cuesta importar un coche a España?
El grueso no son los honorarios ni la tasa, sino el Impuesto de Matriculación, que se calcula sobre las emisiones de CO₂ y puede ir del 0 % al 14,75 % del valor del vehículo. A eso se suman la homologación, la ficha técnica española y la ITV, que se pagan a los organismos que las emiten. Te damos el cálculo completo antes de empezar.
¿Por qué cuesta más que una matriculación normal?
Porque hay bastante más trabajo detrás. Un vehículo nuevo de concesionario llega con toda la documentación española lista, mientras que un vehículo importado exige homologarlo, conseguir la ficha técnica española, pasar la ITV y, si viene de fuera de la Unión Europea, despacharlo en aduana.
¿Necesito el certificado de conformidad (COC)?
Es lo más cómodo, porque acredita la homologación europea del vehículo y evita la homologación individual. Si el vehículo no lo tiene —es habitual en importaciones de fuera de la UE— gestionamos la homologación individual en un laboratorio autorizado.
¿Cuánto tarda?
Entre 5 y 10 días laborables en el caso habitual. El plazo depende sobre todo de lo que tarden la homologación y la cita de la ITV, que son los dos pasos que no controlamos nosotros.
¿Puedo circular con las placas extranjeras mientras tanto?
No de forma indefinida. Para mover el vehículo antes de tener la matrícula española existen los permisos temporales de circulación, las llamadas placas rojas o verdes, que también tramitamos.
Alta de vehículo
Ver el trámite¿Qué diferencia hay entre baja temporal y baja definitiva?
La baja temporal es reversible, el vehículo sigue existiendo en el registro y puede rehabilitarse en cualquier momento. La baja definitiva es irreversible y solo se aplica cuando el vehículo se desguaza en un centro autorizado.
¿Puedo dar de alta un vehículo dado de baja definitiva?
No. La baja definitiva por desguace es irreversible, el vehículo desaparece del registro y no puede volver a circular.
¿Necesito pasar la ITV antes del alta?
La ITV debe estar en vigor para poder circular con el vehículo. Si caducó durante la baja temporal, tendrás que pasarla, y para llevarlo a la estación puedes solicitar un permiso temporal de circulación.
¿Tengo que dar de alta el vehículo para venderlo?
Sí. Un vehículo en baja temporal no puede transferirse. Hay que rehabilitarlo primero y después presentar la transferencia a nombre del comprador.
Baja de vehículo
Ver el trámite¿Dejo de pagar el impuesto de circulación al dar de baja el coche?
Sí, pero el prorrateo depende del ayuntamiento. El impuesto se devenga a 1 de enero, y muchos ayuntamientos devuelven la parte proporcional de los trimestres no transcurridos si la baja es definitiva. Con el justificante de la baja puedes solicitarlo.
¿Puedo circular con un vehículo dado de baja temporal?
No. Un vehículo en baja temporal no puede circular por vía pública. Si necesitas moverlo, por ejemplo para llevarlo a la ITV, hay que solicitar un permiso temporal de circulación.
¿La baja temporal caduca?
No caduca automáticamente, el vehículo puede permanecer de baja temporal indefinidamente. Para volver a usarlo hay que tramitar el alta.
¿Puedo vender un coche dado de baja?
Con la baja temporal el vehículo no puede transferirse. Existe la modalidad de baja temporal por transmisión, pensada precisamente para vehículos que quedan en manos de un compraventa. Te decimos cuál te encaja según tu caso.
Duplicado del permiso
Ver el trámite¿Puedo circular sin el permiso de circulación?
No. Circular sin el permiso de circulación a bordo es una infracción sancionable. Por eso te entregamos un permiso provisional el mismo día de la tramitación.
¿Qué documentación tengo que aportar?
Solo tu documento identificativo. Si eres particular nacional, el NIF; si eres extranjero, el NIE y el pasaporte; y si el titular es una empresa, el CIF o la escritura junto con el NIF del representante legal. Nos lo envías por foto o escaneado, sin mensajería ni originales.
¿Sirve para cambiar el domicilio del permiso?
El cambio de domicilio es un trámite gratuito y distinto, aunque genera un permiso nuevo. Dínoslo y te indicamos cuál te corresponde en tu caso.
¿Y si lo que he perdido es la ficha técnica?
Entonces necesitas el duplicado de la ficha técnica, que es un trámite diferente y no lo emite la DGT.
Duplicado de la ficha técnica
Ver el trámite¿La ficha técnica la emite la DGT?
No. La ficha técnica o tarjeta ITV la emiten las estaciones de inspección técnica, el fabricante o un laboratorio homologado, según el caso. Por eso el plazo es algo mayor que en los trámites que dependen solo de la DGT.
¿Puedo pasar la ITV sin la ficha técnica?
No. La tarjeta ITV es imprescindible para la inspección, porque es donde se anotan los resultados y donde constan las características homologadas del vehículo.
¿Qué hago si no queda espacio para más sellos?
Es uno de los motivos habituales de duplicado. Se solicita una tarjeta nueva que recoge todos los datos y anotaciones de la anterior.
¿Sirve para transferir el vehículo?
Sí. Sin ficha técnica en vigor no se puede hacer la transferencia, así que si la has perdido este es el trámite previo obligatorio.
Cambio de servicio
Ver el trámite¿Qué es exactamente el servicio de un vehículo?
Es el uso al que está destinado según el Registro de Vehículos: particular, servicio público, alquiler sin conductor, autotaxi, escuela de conducción, obras y servicios, entre otros. Determina las obligaciones fiscales, el seguro y los requisitos técnicos que debe cumplir.
¿Necesito pasar la ITV para cambiar el servicio?
En la mayoría de casos sí, porque el nuevo destino tiene que quedar anotado en la ficha técnica. Hay excepciones y te las confirmamos según tu vehículo.
¿Cambia el seguro al cambiar el servicio?
Sí. La póliza debe cubrir el nuevo uso del vehículo. Conviene avisar a tu aseguradora antes de tramitar el cambio, porque la prima suele variar.
¿Puedo pasar de taxi a particular?
Sí, el cambio funciona en ambos sentidos. Es habitual cuando se compra un vehículo procedente de una flota de taxi o de alquiler.
¿Sale más barato si lo junto con otro trámite?
Sí. Si el cambio de servicio se presenta a la vez que otro trámite que nos encargues —una transferencia o una matriculación, por ejemplo—, se cobra como cambio de servicio con trámite: 18 € en lugar de la tarifa completa. El expediente ya está abierto y el trabajo añadido es mucho menor.
Levantamiento de reserva
Ver el trámite¿Qué es una reserva de dominio?
Es una garantía que inscribe la entidad financiera en el Registro de Vehículos mientras queda deuda pendiente del préstamo con el que se compró el vehículo. Mientras figure, la propiedad no es plenamente tuya y el coche no puede transferirse.
¿Se cancela sola al terminar de pagar?
No. Aunque hayas pagado la última cuota, la reserva sigue inscrita en la DGT hasta que alguien solicita expresamente su cancelación. Es muy habitual descubrirlo justo al intentar vender el coche.
¿Puedo vender el coche con la reserva de dominio puesta?
No se puede completar la transferencia mientras la carga figure inscrita. Hay que levantarla primero.
¿Necesito la carta de fin de pago de la financiera?
Es opcional. Si la tienes, agiliza el trámite; si no la tienes, podemos tramitar igualmente la cancelación. Lo primero que hacemos en cualquier caso es comprobar cómo figura la carga inscrita en el Registro de Vehículos.
Carta de pago financiera
Ver el trámite¿Qué es la carta de pago de la financiera?
Es el certificado con el que la entidad acredita que el préstamo del vehículo está totalmente pagado y que renuncia a la reserva de dominio. Sin ese documento la DGT no cancela la carga que figura sobre el coche.
¿Para qué la necesito?
Para poder vender el vehículo. Mientras la reserva de dominio siga inscrita, el coche no se puede transferir. La carta de pago es el papel que permite tramitar el levantamiento de la reserva.
¿No me la tenía que dar la financiera automáticamente?
Debería, pero en la práctica muchas entidades no la emiten hasta que se les reclama, y otras la envían con meses de retraso. Nosotros la reclamamos formalmente y hacemos el seguimiento hasta conseguirla.
¿Cuánto tarda en llegar?
Entre 3 y 10 días laborables en el caso habitual. El plazo lo marca la entidad financiera, no nosotros, y varía bastante de unas a otras.
¿Con la carta de pago ya está el coche libre de cargas?
Todavía no. La carta acredita que has pagado, pero la reserva sigue inscrita en el Registro de Vehículos hasta que se presenta el levantamiento de la reserva de dominio, que es un trámite aparte y que también gestionamos.
Etiqueta medioambiental
Ver el trámite¿Es obligatorio llevar la etiqueta?
No es obligatorio llevarla pegada a nivel estatal, pero sí lo es en muchas zonas de bajas emisiones municipales. Sin ella, las cámaras de control no pueden identificar tu clasificación ambiental y puedes ser sancionado al entrar.
¿Qué etiqueta me corresponde?
Depende de la motorización y de la fecha de matriculación. La 0 azul es para eléctricos y ciertos híbridos enchufables, la ECO para híbridos y de gas, la C para gasolina desde 2006 y diésel desde 2014, y la B para gasolina desde 2000 y diésel desde 2006. Los vehículos más antiguos no tienen etiqueta.
¿Y si mi coche no tiene derecho a etiqueta?
Los vehículos sin distintivo tienen restringido el acceso a las zonas de bajas emisiones de muchas ciudades. Cada ayuntamiento fija sus propias excepciones y calendarios.
¿Dónde se pega?
En el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, por dentro. En motocicletas, en un lugar visible del vehículo.
Placas rojas
Ver el trámite¿Qué son exactamente las placas rojas?
Son las placas de matrícula provisional para empresas relacionadas con el sector de la automoción, que permiten circular con vehículos no matriculados o en pruebas. Las llamadas placas verdes son las de traslado puntual para particulares y empresas.
¿Puedo usar un permiso temporal para circular con normalidad?
No. El permiso temporal está limitado a los desplazamientos que justifiquen su emisión y tiene una fecha de caducidad. Usarlo fuera de esos supuestos es sancionable.
¿Necesito seguro?
Sí, siempre. La circulación con permiso temporal exige un seguro que cubra expresamente ese uso. Si no lo tienes, te indicamos cómo contratarlo.
¿Cuánto duran?
Los permisos de traslado puntual son de corta duración, normalmente días. Las placas de empresa se conceden por periodos renovables mientras se mantengan los requisitos.
Liquidación del ITP
Ver el trámite¿Quién paga el ITP de un coche de segunda mano?
El comprador. Es un impuesto que grava la adquisición y se liquida ante la comunidad autónoma donde reside quien compra, no donde estaba matriculado el vehículo.
¿Cuánto se paga?
Depende de tres cosas: el tipo que aplica tu comunidad autónoma —normalmente entre el 4 % y el 8 %—, el valor fiscal oficial del vehículo según las tablas de Hacienda, y la antigüedad, que reduce ese valor. No se calcula sobre el precio que pusiste en el contrato, sino sobre el valor fiscal, salvo que el precio pagado sea mayor.
¿Hay casos exentos?
Sí. Los vehículos con diez o más años de antigüedad y cilindrada reducida suelen estar exentos, y también las compras a un profesional que ya repercute IVA. Aun estando exento, en muchas comunidades hay que presentar igualmente la autoliquidación para dejar constancia.
¿Cuál es el plazo?
30 días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa. Presentarlo fuera de plazo lleva recargo, así que conviene no dejarlo pasar.
¿Puedo hacer la transferencia sin haber pagado el ITP?
No. La DGT exige la autoliquidación presentada para inscribir el cambio de titularidad. Si nos encargas la transferencia completa, el ITP va ya incluido en la gestión y no hace falta contratar este trámite por separado.
Liquidación del Impuesto de Matriculación
Ver el trámite¿Qué es el Impuesto de Matriculación?
Es el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, el IEDMT. Grava la primera matriculación de un vehículo en España, sea nuevo o importado, y se presenta mediante el modelo 576 ante la Agencia Tributaria.
¿Cuánto se paga?
Depende exclusivamente de las emisiones de CO₂: hay cuatro tramos que van del 0 % al 14,75 % del valor del vehículo. Los vehículos de menos de 120 g/km están exentos, lo que deja fuera del impuesto a buena parte de los coches actuales.
¿Hay más exenciones?
Sí. Están exentos, entre otros, los vehículos de personas con discapacidad, los destinados a taxi o a autoescuela, los de alquiler y los que llegan por traslado de residencia a España. Cada exención tiene sus requisitos y hay que solicitarla expresamente en el propio modelo.
¿Cuál es el plazo?
Hay que presentarlo antes de matricular el vehículo, y en todo caso dentro de los 30 días siguientes a la adquisición. La DGT no matricula sin el modelo presentado.
¿Necesito contratar esto por separado?
No si nos encargas la gestión completa. Tanto la [matriculación](/tramites/matriculacion) como la [importación](/tramites/importacion) incluyen ya la presentación del modelo 576. Este trámite es para cuando solo quieres el impuesto.
Liquidación del IVTM
Ver el trámite¿Qué es el IVTM?
Es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, el impuesto municipal de circulación. Lo cobra cada año el ayuntamiento donde está domiciliado el titular del vehículo, y se calcula sobre los caballos fiscales.
¿Cuánto se paga?
Cada ayuntamiento fija su propia tarifa dentro de unos límites legales, así que la diferencia entre municipios puede ser considerable para el mismo coche. Con la ficha técnica y el domicilio te decimos la cuota exacta.
¿Por qué me lo piden para hacer otro trámite?
Porque la DGT exige el recibo del impuesto al corriente de pago para matricular un vehículo y también para inscribir un cambio de titularidad. Un IVTM impagado bloquea la transferencia.
¿Hay bonificaciones?
Sí, y bastantes. Muchos ayuntamientos bonifican los vehículos eléctricos e híbridos, los históricos y los de más de veinticinco años. Comprobamos si a tu vehículo le corresponde alguna antes de liquidar.
¿Qué pasa si acabo de comprar el coche?
El impuesto del año en curso lo debe quien figuraba como titular a 1 de enero, así que la cuota de ese ejercicio no es tuya. Lo que sí necesitas es acreditar que está pagada para poder transferirlo a tu nombre.
¿No has encontrado tu duda?
Escríbenos y te la resolvemos. Si prefieres ver antes cómo trabajamos, lo tienes explicado paso a paso.
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